Nueva normativa drones

Agricultura: así afecta la nueva normativa de drones

17.07.2024
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Artículo escrito por la periodista agroalimentaria Eva Sereno

  • Este año han entrado en vigor cambios que atañen a la operativa de los drones, seguros e identificación de estos vehículos no tripulados
  • Estas aeronaves pueden aplicar bioestimulantes en el campo, pero no está permitida de forma generalizada su uso en los fitosanitarios

Los drones son ya más que una realidad en agricultura. Es frecuente ver estas aeronaves no tripuladas, también denominados UAV o RPAS, sobrevolando fincas y campos de cultivo para la toma de datos, reconocer el terreno y avanzar en la agricultura de precisión.

A pesar de formar parte del paisaje del medio rural, lo cierto es que su uso en agricultura se ha visto ralentizado en nuestro país por aspectos normativos.

Pese a contar con una legislación que se empezó a gestar en el año 2014, fue el 2022 el momento que marca un claro punto de inflexión al entrar en vigor la normativa con base europea, que permitía entre otras cuestiones establecer un escenario común de uso de drones y donde se conceden las primeras licencias excepcionales por parte de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para los drones de más de 25 kilos. Fue un momento decisivo para impulsar la digitalización del sector agrario y mejorar la sanidad vegetal de los cultivos con los RPAS por su utilidad para detectar plagas u enfermedades, entre otras, así como para avanzar hacia la agricultura inteligente y sostenible.

Y, aunque se avanzó con estas autorizaciones, estos vuelos no tripulados no han estado exentos de polémicas, de algunos vacíos legales y de limitaciones porque no pueden utilizarse para todas las funciones en el campo. Por ejemplo, en la actualidad, no está permitido su uso para la aplicación de productos fitosanitarios de forma generalizada. Sí lo está si las actuaciones se llevan a cabo empleando productos que no sean fitosanitarios, como por ejemplo los bioestimulantes. Esto ha llevado a la necesidad de tener que establecer normas específicas para los drones no solo en España, sino también en el marco europeo. Las últimas novedades han entrado en vigor en 2024.

Las normas para drones en agricultura

La normativa de drones en España se basa en el Reglamento Europeo RD 2019/947 y RD 2019/945. Aunque son marcos legales de 2019, como con toda norma europea, se establece un período de transición que, en el territorio nacional, está llegando a su fin. En este tiempo, las directrices que se establecen han ido entrando en vigor de forma progresiva.

A partir del día 1 de enero de 2024, hay varias novedades importantes como la eliminación de la distinción entre el vuelo del dron por ocio o trabajo. Además, entra en vigor el marcado de clase de UAS (Sistema Aéreo no Tripulado) para clasificar las aeronaves según sus principales características.

También se incluye la identificación a distancia. El llamado Electronic ID solo se tiene que implementar en el dron en determinados casos, como por ejemplo aquellos que operen en la categoría Específica o los que tengan marcado de clase y operen en categoría Abierta. La utilidad de esta tecnología se basa en poder identificar las aeronaves de cara a facilitar el control del tráfico para evitar accidentes por proximidad con otros UAS del espacio aéreo. El vehículo no tripulado igualmente deberá llevar placa identificativa, que debe ser ignífuga, en la que figuren los siguientes datos: fabricante, modelo, número de serie (en algunos casos) y datos de contacto del piloto.

Pero, aparte de tener en cuenta estos cambios, lo primero que se precisa para volar un dron es un certificado, que es obligatorio en 2024 para todas las aeronaves no tripuladas con un peso igual o superior a los 250 gramos de masa máxima. Esta licencia acredita el conocimiento y, además, permite poder volar en las diferentes categorías: abierta (se contemplan exenciones en seguros obligatorios de responsabilidad civil), específica y certificada. Es concedido por la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) tras aprobar el examen correspondiente a la categoría y nivel de riesgo en el que se engloba la operativa a realizar.

Además, hay una serie de limitaciones en la operativa del dron. Una de las más importantes es que el dron debe estar siempre al alcance visual del piloto (salvo algunas excepciones), y no superar los 120 metros de altura en vuelo ni volar en un mínimo de 8 kilómetros de un espacio aéreo controlado, entre otras pautas de la legislación.

Los retos para potenciar el uso de drones en la agricultura

A pesar de todas las ventajas que puede tener un dron en la agricultura, todavía se precisan avances legislativos o normativos. El primero de ellos y uno de los más importantes es que, ya que el dron está considerado como una aeronave, se permita establecer en la normativa, epígrafes relativos a las aplicaciones de agricultura de precisión, para que el dron se considere una aplicación especial y se puedan realizar tratamientos con ellos bajo determinadas condiciones de actuación.

Este tipo de aplicación, que se definiría como una posición intermedia entre la aérea y terrestre facilitaría el uso del dron para estos fines. De momento, la Unión Europea debate sobre este punto.

¿Qué sucede si no se cumple la normativa de drones?

El incumplimiento de las normas de la operativa y vuelos de drones conlleva multas y sanciones económicas. La cantidad a la que se debe hacer frente depende del nivel de gravedad. A modo orientativo, se contemplan pagos de 60 euros para las faltas más leves. Esta cantidad supera los 200.000 euros para los casos más graves como, por ejemplo, invadir el espacio aéreo.

Además, hay que tener en cuenta que también puede haber otras denuncias por causar daños materiales o a personas, así como por no cumplir la legislación en materia de protección de datos.

Conoce más sobre el uso de drones en agricultura en este artículo de Corteva Talks

La Firma Invitada

Eva Sereno

Eva Sereno

Periodista Agroalimentaria

CortevaTalks

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